La justicia social según la Biblia
En medio de la discusión del libro de Jeremías, he estado reflexionando sobre los temas, de justicia, corrupción y otras ideas. El capítulo 3 de Jeremías, nos va hablar del tema de la corrupción, y lo tocaré en la próxima entrega. Ahora quiero tomar algunas ideas de mis profesores de seminario, algunas de las lecturas que he hecho y otras de mi propia reflexión. Comenzaré diciendo que la situación de pobreza del Tercer Mundo no podría ser más trágica. La compasión cristiana no puede ignorar las necesidades de esta parte del mundo. Estamos abrumados al saber que aproximadamente 800 millones o sea una quinta parte de la raza humana está en la miseria, carente de las más necesidades básicas para la supervivencia y que miles de ellos mueren de hambre cada día. Muchos millones más no tienen abrigo ni ropas adecuadas, están sin agua ni cuidado de la salud, sin oportunidades de educación y empleo y están condenados a pasar por una existencia miserable sin la posibilidad de mejorar por sí mismos, como tampoco sus familias. Estas personas sólo pueden ser descritas como “oprimidas” por la cruel desigualdad económica que sufren y diversos sistemas económicos que la producen y perpetúan. ¿Cómo entendemos estas diferencias? ¿Con que criterios las definimos? Bueno comenzaré usando varias categorías. En primer lugar tengamos una interacción con el tema “justicia”. Hay dos conceptos que quiero usar. Definición amplia vrs. Definición reducida. Aquí quizás debemos poner atención a la queja que la gente, sobre todo los teólogos de la liberación (católica y evangélica) ha hecho al sector religioso conservador y sobre todo al evangélico del tercer mundo. Esta consiste en que no hemos lidiado apropiadamente con las implicaciones de justicia hoy día. Los teólogos de la Liberación por ejemplo o los que se encargan de las instituciones de desarrollo, dirían que cuando traducimos los términos del Antiguo y Nuevo Testamento, fallamos en no dar el concepto de “opresión” al término “adikia”, (injusticia), para ellos sería una definición amplia, porque la vemos una simple violación de la Ley de Dios. Así que esta definición amplia tiene poco o nada, que decir sobre lo concreto del hecho injusto fuera del significado en el campo religioso. Particularmente, algunos se preguntan cuál fue el significado de justicia social en tiempos del Nuevo Testamento y que lugar habría para tal idea en la enseñanza apostólica. Para ponerlo claramente ¿cómo se relaciona “diké” (justicia) con “deshonestidad”, “inmoralidad” o “justicia económica”? El teólogo Plutarco Bonilla acusa de la siguiente forma: “Este problema (la traducción del NT, y especialmente las, epístolas), muestra que hemos estado leyendo a Pablo y a Pedro por así decirlo, a través de las perspectivas religiosas e ideológicas del mundo griego, occidental y no desde la perspectiva liberadora del Antiguo Testamento (como fue puesto en griego primero de la LXX y luego de los escritos del NT). Con respecto a esto, estos pensadores ha retrabajado el argumento de la Epístola de los Romanos a la luz de “adikía” entendida como justicia social. En 1:18-20 ellos ven “la justicia de Dios como una nueva dimensión social en la historia humana. De hecho el evangelio de Pablo trata de la justicia que el mundo y los pueblos y la sociedad, implícita, pero ansiosamente, han estado esperando. Si retraducimos una epístola paulina como Romanos a la luz del estudio de la opresión podemos ver inmediatamente que opresión puede en verdad ser fundamental a la teología de Pablo como lo es a Jesús, Lucas y el AT. Luego un texto básico como Romanos 1:18 bien podría leerse así: Porque la ira de Dios se revela desde el cielo contra toda violencia (asedia) y opresión (adikia) de los hombres que por su misma opresión (adikia) a otros hombres terminan suprimiendo la verdad misma. Tal traducción, por supuesto, podría hacer que “opresión” fuera una categoría fundamental en la teología de Pablo o en la teología bíblica, pero hay muchas evidencias de que esta traducción no tiene bases bíblicas o lingüísticas convincentes. Esta interpretación es demasiado reducida para el contexto y aunque las palabras griegas pueden incluir el significado de “opresión” junto a otras formas de injusticia y e impiedad (cf 1:19-32), se necesita mucho más que suposiciones para probarlo. Sin embargo aún si algunos teólogos en Latinoamérica exageran su argumento, con todo están proyectando verdaderas necesidades y las ideologías que emergen de esas necesidades, de donde han concluido que el evangelio no ha sido adecuadamente relacionado a nuestro contexto. Así que entonces en la categoría de definición amplia, nuestra definición de justicia sólo ha quedado al ámbito religioso y dentro de la desobediencia de la ley de Dios, y en cuanto a la definición reducida, la gente desea que al hablar de justicia, se vean las implicaciones sociales de ellas. ¿Cuál de ellas sería la verdadera? Pienso que la justicia de Dios tiene implicaciones éticas personales, que son transmitidas a la nueva naturaleza de los que pertenecen al reino de Dios, y que estas implicaciones se manifiestan cuando los pertenecientes al reino de Dios las muestras e interactúan en el mundo en que se desenvuelven. Así que la justicia social y económica es real y verdadera cuando las personas adquieren la justicia de Jesús y las muestran e influyen en el mundo.
Ahora pasemos al segundo binomio de conceptos que quiero discutir Justicia distributiva vrs Justicia productiva. Los economistas clásicos creyeron que el mercado sabía como producir, pero no sabía cómo distribuir. Esta falsa dicotomía ha sido ya superada, pero sus orígenes se remontan a los conceptos de justicia distributiva y productiva. Ahora bien entendemos como justicia distributiva ese concepto enraizado en la ética medieval y tiene que ver con la apropiación por parte de los individuos de aquello que es común. Este punto de vista se basa en una interpretación de la realidad según la cual la tierra tiene muchos bienes. Aquellos que tienen riqueza la tienen porque han tomado de la tierra no sólo su parte, sino también la parte que pertenece a aquellos que no poseen bienes. Por lo tanto, aquellos que tienen deben compartir sus posesiones con los pobres. Este concepto de justicia dice básicamente: 1. A cada cual de acuerdo con sus necesidades 2. a cada cual de acuerdo con su valor 3. a cada cual de acuerdo con sus méritos 4 a cada cual de acuerdo con su trabajo. Esta práctica distributiva traerá, según ellos, una paz y una justicia social a la sociedad. En el utopismo extremo, un nuevo orden. Detrás de la teoría distributiva de justicia descansa un cierto concepto de igualdad, es decir la justicia es igualdad, como lo creen todos los hombres, muy aparte de cualquier argumento. Entonces esta justicia es dar a cada uno lo que le corresponde. La asunción básica es que la principal preocupación de la justicia es el producir alguna forma de igualdad dentro del contexto de las necesidades humanas. La justicia es identificada con igualdad material, y esto equivale a la redistribución de la riqueza. En economía en particular y en las ciencias sociales en general, este sentido cuantitativo y redistribucionista ha permeado la definición de justicia. ¿Ahora que crítica podríamos hacer a este concepto? Bueno encontramos que la igualdad y la justicia no son características de nuestro mundo hoy. Usando el argumento de la ley natural, diríamos que aún en la misma naturaleza encontramos más bien desequilibrios, injusticias, y diferencias en los recursos, habilidades, inteligencia y posesiones. Esto podría indicar que la igualdad no es un patrón real del mundo. Muchos intuyen que la desigualdad entró con la caída de Adán y Eva. Diría yo ¿no hay desigualdades justas? ¿No hay derechos respecto a los cuales los hombres son desiguales? Uno creería que esta pregunta estaría entre las primeras que se les ocurriría a los igualitarios, y que desde hace tiempo tendrían una respuesta clara y firme. Extraño como parezca esto no ha pasado. Sin embargo ¿es legítimo expresar si la iglesia debe escoger exclusivamente esta igualdad matemática y cuantitativa para definir que es la justicia, y esto no es mero materialismo?. Tal es la pregunta que las teologías de desarrollo liberacionistas hacen, siendo que su análisis económico llama injusticia a todo aquello que no sea igualdad económica.
En contraste con el punto de vista distributivo, la justicia productiva es una interpretación de la realidad que dice que la creatividad humana, la libertad para todos y controles sobre aquellos que tienen poder, producirán en realidad una sociedad justa. Detrás de la teoría productiva de la justicia descansa una forma de acuerdo social. En esta noción de justicia, el concepto del pecado tiene un lugar prominente. Aquí el argumento es que la sociedad que posee la suficiente moralidad y las restricciones apropiadas, basadas en un sistema de pesos y contrapesos judiciales, políticos y éticos, producirá necesariamente riqueza para todos. Pero, en la práctica descubrimos que en la mayoría de países del tercer mundo los pesos y los contrapesos y la apropiada distribución del poder están ausentes, y esto resulta en grandes injusticias. Así que en algunos países del tercer mundo la discusión se centra en escoger la mejor alternativa entre estas dos teorías de justicia. Sin embargo la pobreza campea en aquellos países donde en teoría, ya hubo distribución de riqueza, así como aquellos donde la justicia productiva es supuestamente practicada, aunque es cierto que en los territorios de la justicia productiva la pobreza absoluta ha dado paso a una pobreza relativa. En Latinoamérica uno encuentra grandes injusticias y una amplia brecha entre los ricos y los pobres especialmente porque es la historia y no el trabajo duro lo que ha hecho a la mayoría de los millonarios del continente. ¿Opta la Biblia por una de estas posiciones? La distribución parecería estar del lado de la ley mosaica y de los profetas, mientras que la producción tal vez parezca estar en la base de la teología creacionista y de Proverbios. Sin embargo los lineamientos para evaluar la justicia distributiva y productiva deben ir mucho más allá del criterio de eficiencia para satisfacer las necesidades materiales de la mayoría. Desde un perspectiva cristiana, también debe tenerse en cuenta el que haya un lugar para la espiritualidad, la libertad, la providencia como parte del concepto adecuado de la historia. Por lo tanto, la demanda más grande para nuestros filósofos y teólogos es ir más allá de los límites de los conceptos de justicia productiva y distributiva, y desarrollar algo más cercano a la revelación y a la realidad. El problema en toda sociedad, sea capitalista o socialista es su mecanismo: ¿el control estatal, o el trabajo individual? Esa es una pregunta que hoy, fuera de América Latina, ya no se discute mucho. ¿Así cuál puede ser la propuesta cristiana al problema de la justicia económica? Pienso que a menos que regresemos a las categorías teológicas, tales como el reino de Dios, o a las ontológicas tales como la persona de Dios o los pobres, esa categoría praxiológica de la “acción de Dios”, no se puede definir la justicia. Los profetas del AT claramente buscan en Dios esa medida. Si dentro de los cánones de una teocracia, los profetas de Israel no podían buscar un modelo secular para hablar de la justicia de Dios ¿debemos hacerlo los cristianos? Aunque los tiempos son diferentes ¿no compromete la Palabra de Dios nuestra opinión para determinar lo que es la justicia? Es el objetivo de las concepciones liberacionistas el proveer a la sociedad secular un respuesta secular para sus problemas? Debo señalar que una respuesta secular a los asuntos humanos muestra astucia, pero teológicamente hablando, es inadecuado. Los profetas de Israel no trataron de secularizar su respuesta al punto de cambiar el status ontológico (de Dios) de la justicia que estaban representando. Esto es particularmente cierto aún en tiempos de gran materialismo e incredulidad, tales como aquellos bajo el ministerio de Amós y Miqueas. Por lo tanto, debemos regresar a la Biblia para aprender quién es Dios, cuáles son sus demandas y la base desde la cual se juzga las injusticias humanas de todos y cada uno de los sistemas sociales. Cuando la revelación de Dios acerca de la justicia irrumpió en la historia, encontró conceptos de justicia, tanto religiosos como seculares. La revelación divina habría de formar la mentalidad de los patriarcas y después de la nación; y presentaría al mundo un orden divinamente establecido, donde la ley y la justicia habrán de prevalecer por obediencia a la Palabra de Dios. Ahora debemos recordar que el contexto en el cual la justicia de Dios fue proclamada era un contexto cambiante. En cada período la justicia de Dios se aplica diferente. No estoy diciendo que la justicia equivales a lo que un sistema social crea ser lo correcto, sino que la justicia de Dios está dirigida a las diferentes necesidades de un sistema social en particular. En otras palabras, en cada caso, cada sistema social interactuará en diferente forma con la revelación y por ende con la justicia de Dios. Esto nos ofrece dos preguntas serias: Primero ¿estamos nosotros relativizando la justicia cuando la hacemos equivalente a lo que un sistema social cree ser correcto? Segundo , y más serio ¿no es el unir la justicia a un sistema social en particular una forma de justificar la injusticia? ¿No sería un argumento cuyo efecto sería el de preservar el status quo. A la primera podríamos responder que hay que establecer una diferencia entre la justicia de Dios, que es del más alto calibre, y los esfuerzos del hombre. Por ejemplo, la justicia sin paralelo de Dios no puede encontrar expresión total en ningún sistema social, ni ideología alguna, a pesar del progreso substancial que se ha dado en los países occidentales. La segunda respuesta a la segunda pregunta sería: cuando Dios es la medida de justicia, no estamos preservando el status quo, sino realmente clamando proféticamente por una expresión más llena de la justicia de Dios que se encuentra vagamente reflejada en todos los sistemas sociales. En algunos contextos, esa atención a la justicia divina ha conducido a producir abolición de la esclavitud, más libertad, mejoras sociales y paz. Así que al ver esto, hermeneúticamente sólo nos queda el desafío de construir nuestra justicia conforme al carácter de Dios. Cuando afirmamos que la justicia es un atributo de Dios, estamos regresando a lo más básico. Así que la idea de justicia es ser recto. La norma para la justicia es el carácter de Dios, no los logros políticos o humanos. Este hecho ilustra que el carácter de Dios provee la medida. El es justo por excelencia. Dios creó un mundo justo con gente recta. Su Palabra una expresión de su carácter, era el elemento rector y su presencia como un modelo para su pueblo, era la cima de ese mundo perfecto. Así que puedo lanzar la tesis principal de esta reflexión (que por cierto me ha salido un poco elevada, como en los viejos tiempos de seminario) que la justicia es social solo si , impresas por fuerzas evolutivas, cambia ajustándose a cada vez más al carácter moral de Dios, dentro de los parámetros de un sistema social particular. Por otro lado también he querido insinuar que en ese sistema el papel de la justicia humana no es perfeccionar la sociedad, sino sólo poner límites a la maldad humana. Será papel de la justicia divina el perfeccionar al hombre.